Los hechos que dan lugar a esta receta dicen relación con la celebración de un contrato de compraventa de producciones de uvas de cuatro predios agrícolas, cuya duración sería de 10 años. Cabe señalar que la compradora recibió el primer año la fruta a su plena satisfacción.
La vendedora demanda la resolución del contrato más indemnización de perjuicios conforme al artículo 1489 del código civil. Por su parte la compradora demandada reclama que el contrato es nulo por falta de determinación de objeto y alega, además, la excepción de condición suspensiva fallida de acuerdo con el artículo 1813 del CC. Fundamentando su defensa en que las convenciones decían relación con bienes que no existían al momento de la celebración del contrato, pero se esperaba que existieran, lo que evidencia que se encontraban sujetos a una condición suspensiva.
En este programa presentamos el capítulo VI ¡Turrón de vino incondicional!, cuya invitada nos muestra este delicioso postre y además nos proporciona todo su conocimiento legal. Su nombre es Betty Martínez-Cardenas abogada de la Universidad del Rosario, especialista en Derecho de Seguros de la Javeriana, Doctora en Derecho de la Universidad de Paris II y maestria en Educacion de la Universidad de Bristol. Además ha sido arbitro de la Cámara de Comercio de Bogotá y miembro de la Association Henri Capitant. Actualmente se desempeña como profesora investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chile, sede Temuco.